Como especialistas en marcas, recibimos muchas llamadas de clientes interesados en asegurar sus derechos marcarios sobre un nombre que han elegido particularmente para sus productos o servicios. Les explicamos que el primer paso en el procedimiento de registro de marcas es realizar una búsqueda completa y exhaustiva para el nombre que han elegido, con el objeto de asegurar que dicho término o una versión semejante del mismo, no ha sido registrado por otros.



Hasta este punto, algunos clientes nos responden que su nombre es único y que están prácticamente seguros que nadie más en el mundo está usándolo. Sin embargo, no necesariamente porque nadie esté usándolo quiere decir que la marca pueda ser registrada. De hecho, la prueba para considerar infracción de marcas no es que sean “idénticas” sino “semejantes en grado de confusión”. Entonces, aunque los términos “ALLIGATOR (caimán)” y “CROCODILE (cocodrilo)” son palabras completamente distintas en el aspecto fonético y visual, proponen una impresión comercial muy similar al grado que podrían ser “semejantes en grado de confusión” en significado si son empleadas para identificar productos o servicios dentro de una misma industria. Por ejemplo, COSMÉTICOS CAIMÁN podría ser semejante en grado de confusión a COSMÉTICOS COCODRILO si ambas compañías produjeran y/o comercializaran productos cosméticos.



Con el objeto de evitar Dolores de cabeza y mayores gastos en el futuro, las empresas deberían siempre obtener de un especialista competente, búsquedas exhaustivas de marca antes de proceder a usar la denominación en el comercio, sin importar qué tan seguro está el dueño de la empresa de que “nadie más está usándola”.

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